domingo, 22 de noviembre de 2009

Restaurante Central de Miraflores, Ciudadanía y Gestión Municipal.


Un triste pero aleccionador hecho se acaba de producir dentro de la normalmente tranquila comunidad del distrito de Miraflores en Lima. Un restaurante de primer nivel que había sido ubicado, ambientado y equipado en donde no debía, ha tenido que cerrar luego de seis meses de inaugurado, por disposición municipal, o más bien, por la presión ejercida por los propios vecinos. Lo singular del asunto es que un inversionista ha realizado toda una labor de remodelación, ¿a escondidas?, sin que nadie intervenga, hasta terminar totalmente, equipar y decorar a todo dar, inaugurar y ponerse a trabajar como si nada. Claro, hasta que alguien, maldito metiche, hizo el escándalo y la municipalidad tuvo que aceptar que mayormente desconocía, pero que sí pues, eso no se podía hacer. Habrase visto.

Al parecer, es verdad que el señor alcalde del distrito, por ignorancia o soberbia se excedió en sus funciones y prerrogativas y, sin mayor empacho, como todo reyezuelo, le dijo al inversionista, que se había tomado el trabajo de consultarle, claro ni tonto, no iba a arriesgar tremenda cantidad de dinero y pensando, por supuesto, que lo que dijera el alcalde era, por costumbre y realidad, la última palabra y nadie podría objetarlo después, que sí señor, que no se preocupe, que todo estaba bien, que ya verían más adelante lo de la zonificación y que muchas gracias por invertir en "mi" distrito.

Aquí tenemos el aspecto más importante, un alcalde no es dueño y señor de nada, salvo de su trabajo, de sus obligaciones y responsabilidades y, claro, del atractivo sueldo que le pagan los propios ciudadanos a través de sus tributos; y su actuación está regida y totalmente dispuesta por una ley orgánica de municipalidades y jamás puede excederse en sus funciones, no sólo porque ello está penado por ley, si no, porque la comunidad, en teoría, podría determinar la vacancia de su cargo, es decir, mandarlo a su casa.

Todo local comercial, un restaurante lo es, que se pretenda abrir en un determinado lugar, debe primero contar con el visto bueno de la oficina municipal correspondiente. Es muy importante determinar si la zonificación permite el giro del negocio, si se cuenta con los accesos necesarios, los estacionamientos requeridos, si el ancho de la vía sobre la que abre dicho local es el adecuado, si el área del local y el número de comensales que se proyecta atender no supera los niveles de uso del suelo urbano, para el terreno sobre el que piensa habilitarse dicho local. Solo un loco o alguien acostumbrado a zurrarse en la normatividad y el respeto a los demás podrían aventurarse, vía el caballazo y los amigotes oficiales, en una empresa que está condenada a una muerte segura. Supongamos que se cuenta con un "Certificado de Parámetros urbanísticos", así se llama el documento inventado por las municipalidades para obtener recursos a costa del contribuyente, positivo, es decir que indica expresamente que en tal local, terreno o ubicación se puede abrir un negocio como el solicitado, entonces y solo entonces se puede pasar a una segunda parte. Si en donde se va a abrir el negocio, en este caso un restaurante, es actualmente una casa, un terreno desocupado o lo que fuera, se requiere de cierto acondicionamiento especial, dado el giro, el nivel y la proyección del negocio, entonces, sí ó sí, dicha solicitud y proyecto deben pasar por la comisión revisora del Colegio de Arquitectos, que no es totalmente autónoma, si no que está dirigida, monitoreada y fiscalizada por la propia municipalidad que tiene como miembro, con voto dirimente, a su director o gerente de obras. Al implicar una remodelación y/o ampliación, definitivamente tal obra debe ser supervisada por la autoridad municipal, con la aprobación de la comisión mencionada. Supongamos que el inversionista, cara dura él, luego de consultar con los funcionarios correspondientes y recibir un terminante no como respuesta, buscó al alcalde le habló bonito, lo convenció de alguna forma y siguió con su proyecto, bajo la premisa de que "donde manda capitán no manda marinero". Si fuera el caso, jamás se podría negar responsabilidad municipal directa en el hecho.

Lo que sigue en este cuento no es más que el ejercicio de la potestad del derecho ciudadano a levantar la voz, a reclamar y a exigir que las cosas no se salgan de cauce y nadie se permita hacer lo que la norma prohíbe. Norma que nace del acuerdo vecinal, del establecimiento de las condiciones de convivencia, de un acuerdo comunal expreso. Que se mencionen intereses subalternos, envidias, intenciones de figurar, de lanzar candidaturas futuras, o de competencia mal sana es irrelevante. Se ha trasgredido la ley, se ha actuado con conocimiento de la falta y, hasta ahora nadie lo ha mencionado, se ha agredido a la tranquilidad ciudadana y se le ha faltado el respeto a la comunidad. Sí pues, pero aunque la ley dice que basta con volver las cosas a su estado original y pagar una multa determinada, para hacer como si nada hubiera pasado, hay una fuerte inversión que se ha ido al tacho y que no se podrá recuperar. La verdad es que la autoridad municipal ha participado en este caso, por omisión de funciones, algún mal pensado dirá que hasta por colusión y por ello tendrá que ver cómo se las arregla civil o penalmente con el inversionista y moralmente con sus vecinos.

Este caso, en cuyo análisis y evaluación objetiva no debería para nada permitirse se filtren intereses, justos o no, de terceros, como es el caso de los empleados contratados que se quedan sin trabajo y los sibaritas que se quedan con las ganas, porque dicen que el restaurante era de los mejores, tiene un sólo final posible, el restaurante debe irse con su música y sus platos a otra parte. Y pensar que todo esto pudo haberse evitado si la autoridad actuara como debiera y los ciudadanos supieran que nada de lo que pasa en su distrito les es ajeno. Es una pena, pero es una gran lección. Lo importante es que nunca más se repita.

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