martes, 28 de julio de 2015

Seguridad Ciudadana. La policía y el serenazgo. Parte 2.



Hace unas semanas me enteré que en el año 1987, mediados del primer gobierno del señor Alan García, muchos policías fueron despedidos, se reunificaron las tres ramas de la policía y se hicieron ingresar, como administrativos a no menos de 25,000 personas que pertenecían al PAIT, programa (aprista y populista) de apoyo al ingreso temporal. Menos de un año después y luego de unos pocos meses "de preparación" esas personas fueron uniformadas, armadas y sacadas a patrullar las calles; así que alrededor de un 25 % de nuestros efectivos policiales de la actualidad vienen de oficios menores y que de labor policial propiamente dicha y de seguridad ciudadana, "desconocen mayormente". Quedaron, sin embargo algunos muy buenos oficiales de profesión, que hacían lo que podían con el personal bajo su mando y que, en el segundo gobierno del señor García recibirían la más terrible cachetada a su dignidad, al comprobar que del total de reos en cárcel, que bastante trabajo les había costado capturar y poner a disposición del aparato judicial, el señor García había decidido liberar a cerca de un 30 % de ellos, por que sí, porque podía y porque quiso. Pero el señor Fujimori no se quedó atrás. Luego de la exitosa captura del señor Abimael Guzmán, por Benedicto Jiménez, Marco Miyashiro y un excelente equipo de inteligencia y sólo porque no habían coordinado con el presidente ni con Montesinos, la captura del siglo, porque en el momento de la captura el primero se encontraba pescando en una playa del norte y el segundo recibiendo un relajante masaje de la pollito, se desarmó el GEIN y a sus valiosos miembros de inteligencia se les envió a provincia y a labores administrativas. Paralelamente se habían saqueado los depósitos de la Caja de Pensión Militar y Policial. Y como última gracia, en la actualidad se mantienen los sueldos de hambre, la falta de equipamiento y una desmoralización de todo el personal, que sobrevive vendiéndose a las empresas que los usan como vigilantes particulares o guardaespaldas personales. Entonces, ahora sí cabe la pregunta: ¿Y dónde están los policías?

A menudo escuchamos  a algunos alcaldes distritales "decir" que invierten enormes sumas de dinero en casetas de vigilancia, en chalecos antibalas, en el blindaje de camionetas, en modernas cámaras de vigilancia, en abultadísimas planillas de efectivos de serenazgo, todo eso y un poquito más para protección de los asustados vecinos. Éstos terminan por creerlo y pasan por caja pagando los recibos de arbitrios; pero por su propia cuenta siguen gastando en seguridad personal, comprando armas que no saben usar y que en el momento preciso se les caerán de sus manos temblorosas; pagando religiosamente sus cupos de extorsión que ya se convirtieron en pagos mensuales como el agua, la luz y, por supuesto, la cosa sigue en aumento, la policía sigue sin estar en donde debe, en el momento adecuado, y los numerosos ministros del interior siguen balbuceando estupideces que nadie entiende.

El Serenazgo, esa costosa institución que pagan los ciudadanos, fue creada por el alcalde de San Isidro, Carlos Neuhaus Rizo-Patrón, a principios de los 90  y, en verdad, ya no debería existir. La Policía Nacional del Perú debería hacerse cargo de la seguridad de las ciudades, mediante un cuerpo especial de policía metropolitana, a cargo de las alcaldías provinciales, con delegaturas a las alcaldías distritales. La pregunta es. ¿Están preparados los alcaldes para tamaña responsabilidad? Yo creo que no.

domingo, 26 de julio de 2015

Licencias de Construcción, corrupción y Gestión de Ciudad.

A raíz de los bochornosos enfrentamientos entre las comunas de San Isidro y Magdalena del Mar, por un lío irresuelto, de intereses más que de límites, el alcalde de San Isidro acusó al alcalde de Magdalena del Mar de "formar parte de una organización que se dedica a otorgar licencias ilegales que atentan contra las normas metropolitanas de zonificación e índices de uso". Grave acusación que tiene visos de verosimilitud si nos atenemos a lo que realmente está sucediendo. En la llamada zona en litigio, 42 deseables y tentadoras manzanas, las licencias de construcción que se han negado en la municipalidad de San Isidro, por exceder groseramente los parámetros urbanísticos, han sido otorgadas en la Municipalidad de Magdalena del Mar, para el mismo solicitante, en la misma dirección, sin cambio alguno y sin dudas ni murmuraciones. Dice en su defensa el señor alcalde de Magdalena del Mar, textualmente,  "que la ley 29090, que regula las edificaciones establece que son los representantes del Colegio de Arquitectos, quienes revisan, evalúan y aprueban los expedientes técnicos de construcción. Si ellos dicen que es legal, recién allí podemos entregar las licencias de construcción". Una buena lavada de manos pero no de conciencia, que encierra una directa acusación a los delegados de los Colegios Profesionales. Esto, para no pensar mal, revela al menos un total desconocimiento de la ley, sus reglamentos y modificaciones, por parte del alcalde en cuestión. 

El espíritu de la ley 29090 señala como principal obligación y responsabilidad municipal la de VERIFICAR QUE LOS PROYECTOS CUMPLAN CON LOS PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS. La mencionada ley se ocupa de cuatro (4) diferentes modalidades de solicitud y obtención de licencia de construcción: la modalidad A que se refiere a construcciones de hasta 120 m2; la modalidad B que se refiere a viviendas de hasta 5 pisos o 3,000 m2 de área; la modalidad C que se ocupa de los multifamiliares de más de 5 pisos o 3,000 m2 y la modalidad D, que es la que se refiere a las construcciones industriales, comerciales, locales de espectáculos y otros. Centrémonos entonces en la modalidad "C", que es en la que se están realizando los estropicios y atentados de lesa urbanización. La ley dice que todo el trámite de obtención de licencias de construcción se inicia con la recepción del expediente en la mesa de partes de la municipalidad. Uno de los requisitos indispensables (y concluyentes) para la conformación del expediente mencionado es la presentación del Certificado de Parámetros Urbanísticos, que es otorgado por la propia municipalidad y que no es otra cosa que una hojita que dice claramente que, por ejemplo, la dirección: avenida Pepe el Vivo # 666 de este distrito pertenece a la Zona Residencial de tal Densidad y que lo máximo que se puede construir allí es hasta una altura de 8 pisos y sanseacabó. Por muy ignorante e incapaz que pudiera ser el señor empleado municipal encargado de la recepción, mal podría recibir un expediente que por un lado dice que solo deben ser 8 pisos y los planos del proyecto presentado dicen clara y orgullosamente que los pisos a construir son 14. Supongamos que se le pasó al señor incapaz, bueno pues, la ley dice que hay cinco (5) días de PREVERIFICACIÓN DE REQUISITOS, es decir 40 horas de sacrificado trabajo municipal, tiempo más que suficiente para revisar si lo presentado cumple o no con la normatividad vigente. Entonces en ese momento el área respectiva convoca al solicitante y puede decirle algo así como: ¿qué pasó cuñao? ¿no sabes leer? ¿eres gracioso o qué? Le devuelve todo lo presentado y a otra cosa mariposa. Si por el contrario, todo estuviera en orden y de acuerdo a la norma, entonces recién en ese momento se convoca a la Comisión Técnica de Revisión de Proyectos. O sea, a dicha comisión no puede pasar nada que exceda las normas planteadas y por todos conocidas. Lo curioso, que probablemente también desconoce el señor alcalde de Magdalena del Mar, es que quien preside dicha Comisión Técnica es su propio Gerente de Desarrollo Urbano, sí pues un funcionario suyo, de su entera confianza y que, con toda seguridad, está bien aleccionado de lo que se debe o no hacer en el distrito en aras de no ensuciar el buen nombre del señor alcalde al tratar de hacer pasar gato por liebre. Cabe anotar que la responsabilidad principal de dicho funcionario municipal es la de poner a disposición de la Comisión Técnica, que él mismo preside, toda la información del distrito, las ordenanzas y resoluciones de alcaldía que se ocupen del tema urbanístico y edificatorio, así como de su propio Plan de Desarrollo Urbano, si existiera, incluídos de todos modos, los planos de zonificación, los planos de límites de alturas permitidas, los índices de usos del suelo, entre otros documentos técnicos, para facilitar la evaluación y dictamen del proyecto presentado. La otra responsabilidad del señor funcionario municipal es la de comunicar a las entidades respectivas (colegios profesionales) de ser el caso, las infracciones en que hubieran incurrido sus delegados. No hay forma, por tanto, de que el señor alcalde correspondiente no esté al tanto, al mínimo detalle, de lo que sucede dentro y fuera de dicha Comisión Técnica y de lo que aprueban o deniegan, así como no hay forma, tampoco, de que los señores delegados de tales Comisiones Técnicas reciban para evaluar, proyectos que excedan lo permitido. a no ser claro, en contubernio o asociación ilícita con los funcionarios o autoridades municipales.

Lo que queda claro es que, hasta ahora, ninguna institución, involucrada directa o indirectamente, se ha manifestado al respecto. El deforme crecimiento de la ciudad, acicateado por los intereses muy particulares de algunos constructores y algunas autoridades corruptas, pronto nos pasará la factura a quienes nada tenemos que ver con el asunto, salvo el sufrir sus consecuencias. La, conveniente, inexistencia de planificación, la corrupción millonaria de las licencias indebidamente otorgadas y el degradamiento de nuestra calidad de vida son los únicos parámetros de nuestro actual crecimiento urbano. Humildemente sugiero al Colegio de Arquitectos del Perú, manifestarse sobre el tema y, especialmente, sobre la explícita acusación del señor alcalde de Magdalena del Mar.