jueves, 19 de junio de 2025

CARTAS NOTARIALES ENVIADAS POR LOS ALCALDES: ¿ABUSO DE PODER E INTIMIDACIÓN VECINAL?

Las Cartas Notariales no son más que cartas entregadas con la certificación de un Notario de que la misma ha sido recibida. Esto sirve para un proceso legal en donde se tenga que presentar como prueba de que el destinatario sí había recibido la comunicación y que por tanto no puede aducir que desconocía lo que la misma decía. O sea, tiene un valor de entrega certificada, básicamente. Pero cuando a la misma se le da una connotación de amenaza velada, de sutil intimidación y por el sólo hecho de ser entregada por una notaría debe ser temida, porque supuestamente la verdad y la ley la respaldan, entonces ya estamos hablando de un mal uso de ella y, sobre todo, de un evidente abuso de poder de quien la envía, si, además, es una autoridad en ejercicio que se ha sentido injustamente acusada y responde, indebidamente, con cartas notariales, que a veces, reparte como volantes.

Sucede, que en estos últimos tiempos, cuando los Ciudadanos ya han tomado consciencia de que pueden y deben defender los derechos que les asisten y se manifiestan con reclamos directos a la autoridad de turno y ésta, en lugar de responder con descargos, pruebas fehacientes de que ha actuado correctamente e información relevante que contradiga la denuncia y la acusación directas, lo hace mediante amenazas veladas o sutiles a través de cartas que ampulosamente son entregadas a través de una Notaría, entonces la desconfianza en el proceder de dicha autoridad aumenta, la necesaria interrelación administrado-administrador se interrumpe y la gobernanza pública, se fractura.

Es tan sencillo, cuando se actúa de buena fe, sacar un comunicado explicando que las denuncias se sustentan en pruebas falsas o meros supuestos y, que, si hubiera habido algún error en las acciones públicas realizadas, será corregido de inmediato. Pero cuando, en cambio, se identifica, mediante acciones de inteligencia embozada, a la persona que ha promovido la acción de justo reclamo y se le amenaza directamente, dándole “un plazo perentorio para que retire lo dicho o de lo contrario se atendrá a las consecuencias”, entonces las intenciones son claramente de amedrentar, de asustar a todos aquellos que hubieran apoyado esa correcta Acción Ciudadana. Y eso está mal.

Ahora bien, cuando un alcalde se sirve del aparato municipal, de los funcionarios del área legal a su cargo, para “defenderse de un supuesto ataque personal” se está cometiendo un abuso de autoridad que debería ser denunciado. ¿Es más, si nos atenemos a que la verdadera autoridad dentro de una Municipalidad, es el Concejo Municipal y que todas las obras, partidas presupuestales, proyectos y licitaciones, entre otras, han contado con la aprobación previa de dicho ente de gobierno, VERDADERA PRIMERA AUTORIDAD MUNICIPAL, entonces por qué es que los alcaldes actúan por su cuenta y arman un escándalo personal, usando la capacidad y el tiempo de los funcionarios que, supuestamente, están para servir a la comunidad en general? Habrá excepciones, claro, en que uno que otro alcalde cubra el costo-tiempo de dichas acciones con su dinero personal, pero dudo que sean los más.

Finalmente, si hemos recibido pruebas, si tenemos indicios, si la razón nos asiste y los errores, cuando no, las fechorías se observan a simple vista, entonces, ¿Por qué tenerle miedo a una simple carta notarial, que no significa nada más, repito, que un DOY FE de que aquel al que había que asustar, perdón, quise decir, aquel que ha sido faltoso, ha recibido su amenaza, perdón quise decir, su advertencia? Sí pues, las palabras se nos confunden cuando nos referimos a esas intenciones oficiales/legales que son torcidas desde su nacimiento.

Que hay uno que otro ciudadano faltoso, atrevido e irrespetuoso, por supuesto. Pero esos no reciben cartas notariales, sólo las reciben los que saben decir las cosas y tienen ascendencia sobre algunos más. Peligrosos para la gestión, los llaman. Y A ESOS HAY QUE HACERLOS CALLAR. Y, valgan verdades, es mejor que te envíen una carta notarial con una amenaza y no un motorizado con un arma.

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